2.Si la persona que debe hacerse cargo de los gastos de la custodia fuere indigente y no pudiere sufragarlos y un pariente del menor (varón o mujer) con un grado de consanguinidad que impida el matrimonio con éste (mahram) se ofreciera voluntariamente a tenerlo en custodia, la mujer encargada de la custodia podrá optar entre seguir ejerciéndola sin cobrar los gastos consiguientes o entregar al menor a la persona que se hubiere ofrecido voluntariamente.